Centros de privación de libertad controlada
Sobre los CIE y su propuesta de reglamentación
Hace tanto tiempo que aquellos que trabajamos con el derecho de extranjería estábamos esperando la propuesta de normativa de funcionamiento y régimen de los Centros de Internamiento de Extranjeros, que desde la publicación del Anteproyecto de Reglamento elaborado por el Ministerio del Interior, al menos he podido encontrar cuatro documentos de cariz técnico-jurídico relacionados con ella: el informe jurídico del Consejo General de la Abogacía Española, el informe del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, el informe de la Campaña "Que el derecho no se detenga a las puertas de los CIE" y su resumen ejecutivo. Todos ellos, son excelentes trabajos de análisis jurídico de la naturaleza de los CIE y de su régimen de vida y funcionamiento interno. Recomiendo, pues, su lectura detenida.
Con curiosidad crítica, yo también me he propuesto una lectura del Anteproyecto. Con el fin de mostrar mi punto de vista y sin ánimo de emular los informes que he mencionado, comparto las siguientes consideraciones.
El proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Estancia Controlada de Extranjeros, merece un comentario inicial que tiene que ver precisamente con la nomenclatura que introduce, sustituyendo la anterior (Centros de Internamiento de Extranjeros, CIE) por la de Centros de Estancia Controlada de Extranjeros, CECE.