Per què tanquem els immigrants

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Algunes idees per començar a saber més

El centre d'estudis Cristianisme i Justícia ha publicat un Paper, en català i en castellà, titulat Per què tanquem els immigrants?, que està dedicat a divulgar la realitat dels Centres d'Internament d'Estrangers entre persones que no estiguin familiaritzades amb el tema de la privació de llibertat de migrants, encara que sí els preocupin la dignitat i els drets de les persones més vulnerables.

El Paper ha estat escrit pels advocats Cristina Manzanedo, de l'ONG madrilenya Pueblo Unidos i José Javier Ordóñez Echeverría, voluntari del grup de visites al CIE de la Zona Franca amb la Fundació MigraStudium.

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Condenados, presos, expulsados

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El triple injusto estigma de los migrantes

"Las generaciones futuras nos condenarán por cómo tratamos a los migrantes". Así comenzó su intervención Cristina Manzanedo, abogada de Pueblos Unidos, durante la presentación del Informe Criminalizados, internados y expulsados, sobre la realidad de los CIE de Madrid y Barcelona durante 2013.

En la presentación, también debatieron sobre las conclusiones del informe, el nuevo reglamento CIE y las tendencias de la política migratoria y las novedades legislativas en extranjería, Margarita García O'Meany y José Javier Ordóñez Echeverría. Se puede ver el contenido y desarrollo de la presentación clicando en la imagen inferior.

Diversos medios de comunicación, tanto en catalán, como en castellano, se hicieron eco de la presentación.

Debatem sobre el CIE

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Convocatòries el 8 i 28 d'abril

Els dies 8 i 28 d'abril tindrem l'ocasió de debatre ampliament sobre el Reglament CIE, recentment aprovat i del qual ja hem pogut fer algunes crítiques.

El dia 8 d'abril, a les 19:00, a la seu de Cristianisme i Justícia (Roger de Llúria, 13), la Fundació MigraStudium presentarà l'informe 2013 sobre els CIE, "Criminalizados, internados, expulsados" elaborat juntament amb l'entitat madrilenya Pueblos Unidos. El dia 8 d'abril desenvoluparem una taula rodona amb Margarita García O'Meany, voluntària del grup de visites de la Fundació Migrastudium al CIE de la Zona Franca; Cristina Manzanedo, advocada del centre Pueblo Unidos i del Servei Jesuïta a MIgrants i José Javier Ordóñez Echeverría, advocat de la Comissió de Defensa dels Drets de la Persona (ICAB) i voluntari del grup de visites.

cie pu 2013La darrera intervenció tindrà en consideració les tendències en la política migratòria espanyola un cop l'expulsió i l'internament són eixos de la resposta estatal al fenòmen migratori. Aquí trobareu una invitació complerta.

D'altra banda, l'Escola de Postgrau de la Universitat de Barcelona organitza també una sessió d'anàlisi jurídica sobre el R.D. 162/2014: "El nou reglament dels Centres d'Internament d'Estrangers: Ha valgut la pena l'espera?" Serà el 28 d'abril, a les 19.00 hores, a l'Aula Magna de la Facultat de Dret (Avda. Diagonal 684). Hi participaran Markus González Beilfuss, professor de Dret Constitucional de la UB, Fernando Rodríguez Rey, fiscal delegat d'estrangeria, Joaquín Aguirre, jutge titular del jutjat de control i vigilància del CIE de la Zona Franca i José Javier Ordóñez Echeverría, advocat.

Política de extranjería del daño social

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El paradigma dominante en la política migratoria

“Sólo gracias a aquellos sin esperanza nos es dada la esperanza” Walter Benjamin. Citado por Herbert Marcuse en “El hombre unidimensional”

Qué es la política migratoria. Definiciones y características

La política migratoria es el conjunto de mecanismos, herramientas, normas y recursos que el Estado pone en juego con el fin de regular los flujos migratorios. La política migratoria depende de una legítima decisión de quien ejerce el poder (ejecutivo y legislativo). Esto quiere decir que no hay nunca una única política migratoria, sino que es una opción entre otras (muchas). Esto ocurre con cualquier otra política: la política fiscal, la política criminal... La política migratoria española se ha visto condicionada fuertemente desde 1985 por el ingreso de España en la UE. En realidad, la primera ley de extranjería española en su escueto preámbulo decía: “la presente Ley acomete la tarea de establecer las disposiciones aplicables, de acuerdo con las declaraciones y recomendaciones sobre extranjeros formuladas por los organismos internacionales competentes en esta materia”. La Ley Orgánica 7/1985, vigente hasta febrero de 2000 fue un peaje para el ingreso de España en la CEE en 1986: o España normaba según la política migratoria dominante en Europa o no habría incorporación. Evidentemente, esta no fue ni la única ni la más importante de las condiciones impuestas a España en la negociación del tratado de adhesión. Pero sí que estuvo presente. De otro modo no se explica la creación de los CIE en España, presentes en el resto de Europa desde los años setenta del siglo XX.

La política migratoria se presenta, o la podemos identificar, de tres maneras:

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Política migratoria del daño social: expulsión e internamiento by José Javier Ordóñez Echeverría is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional License.

Un reglamento que no se toma en serio los CIE

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Cuatro razones para la crítica

El pasado 15 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.

Habrá quien comente pormenorizadamente el reglamento y analice el articulado en valoraciones y comunicados mucho mejores que éste. Después de casi cuatro años de espera no es ilógico que las reacciones no se hayan hecho esperar: el Servicio Jesuita a Migrantes, Cáritas Española ya han publicado las suyas; SOS Racismo, Andalucía Acoge, APDHA, también.

De forma liminar, yo focalizaré deliberadamente en cuatro aspectos mi somero análisis. Creo que son expresivos de la forma en que se ha redactado el reglamento: sin tomarse en serio los CIE.

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¿Personas vulnerables en el CIE?

El art. 1.4 del nuevo Reglamento CIE consagra un principio de atención especializada a personas vulnerables que informa la gestión de los centros. El elenco de personas vulnerables según el reglamento: menores de edad, personas discapacitadas, ancianos, mujeres embarazadas, padres solos con hijos menores y personas que hayan padecido tortura, violación u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual.

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